8 de abril de 2024

Recreación y Reconstrucción en diversos países

La reconstrucción de los hechos es un procedimiento crucial en el ámbito legal y forense. Permíteme explicarte en qué consiste y cómo se lleva a cabo:

Definición:

La reconstrucción de los hechos es una actividad de investigación que implica la reproducción y escenificación de un evento delictivo específico. Se recrea cómo ocurrió dicho hecho, teniendo en cuenta las condiciones y circunstancias de tiempo y lugar.

Naturaleza y Propósito:

La reconstrucción combina elementos reales y personales en una actividad compleja. Se trata de una reproducción material, artificial y simulada de un evento pasado. Su objetivo es verificar si el hecho se efectuó o pudo haber ocurrido de una manera determinada. A través de esta recreación, se busca evaluar la verosimilitud de lo que se ha averiguado mediante otros medios de prueba.

A diferencia de la inspección judicial, cuya finalidad es recoger o apreciar vestigios materiales, la reconstrucción se centra en reproducir la mecánica comisiva de la acción delictiva en el mismo lugar donde ocurrió. Se deben replicar las mismas circunstancias ambientales, como la luz, las distancias y el sonido.

Importancia y Limitaciones:

La relevancia de la reconstrucción radica en los datos objetivos que pueden ser recopilados y evaluados por el órgano jurisdiccional. Sin embargo, no es apropiada cuando las declaraciones de los involucrados y testigos son suficientes para determinar cómo sucedieron los hechos.

Su realización debe reservarse para casos graves y excepcionales, donde se espera obtener resultados útiles. La complejidad y las molestias causadas a quienes participan en la reconstrucción deben estar en consonancia con la importancia del caso.

En resumen, la reconstrucción de los hechos es una herramienta valiosa para comprender mejor los eventos delictivos y establecer las condiciones en las que ocurrieron. A través de esta recreación, se busca acercarse a la verdad y obtener una visión más completa de lo sucedido.

 La recreación y reconstrucción del lugar de los hechos en planimetría según el IMELCF debe cumplir con:

  • Levantamiento planimétrico de las versiones de los testigos, sindicados y afectados.
  • Verificación de distancias de un punto a otro.
  • Recorridos a pie o mediante vehículo rodante.
  • Establecer puntos (áreas específicas: residencias, calles, establecimientos), mediante la información que se mantiene en el expediente según el requerimiento de la autoridad.
  • Inspeccionar y registrar cambios en la escena de un delito.

Sistema acusatorio y reconstrucción del hecho en México

La reforma penal en México del dieciocho de junio de dos mil ocho, tiene como uno de sus objetivos y finalidades que las partes sea confrontadas para saber la versión de lo que sucedió en el hecho delictuoso, a través de los actos de prueba que, durante la audiencia, realizarán, ya sea en las declaraciones de personas (acusado, testigos, víctima y peritos), o bien en la información documental y/o material, o por última extrayendo los datos de otras fuentes de prueba.

Aquí el juzgador entonces cede a las partes el ofrecimiento y desahogo de las pruebas; siendo las partes quienes, a través de las estrategias de litigación oral, defenderán su versión y atacarán la de su contraparte. Pero esta actividad no consiste en una actividad de salir a pescar lo que se encuentre, por el contrario, requiere de un ejercicio racional, razonable y prudente, para ello, para cada órgano de prueba, los sujetos en el enjuiciamiento, debe contar con una estrategia procesal, que le permita contar con los elementos de litigación oral.
Por lo tanto, la prueba es el conocimiento y resultado adquirido, a través de actividad de verificación procesal, del hecho presuntamente estimado como delito, la cual, en un sistema acusatorio como el caso de México tendrá como principales actores a las partes, y su objeto será, a través de la confrontación y discusión, verificar la acusación en el juicio oral. De tal suerte que, la prueba emana de una información, es decir, sus fuentes son: personas (victima, testigos o peritos), lugares, objetos y documentos.

De tal manera, para cada órgano de prueba se debe contar con un planteamiento de reconstrucción de hechos, el cual siempre tendrá como brújula la acusación y la defensa, que tiene como objetivo al final de la audiencia, demostrar como válida, la creíble. Por ende, en la dinámica del Juicio (en el contexto de un proceso penal de corte acusatorio en México), las partes ya no deben esperar lo que el juez hará para con los órganos de prueba; sino que son ellos, por ser los interesados en demostrar su caso, los llamados a presentar un rol activo.


En Colombia, los servidores de Policía Judicial llevan a cabo actividades investigativas en el lugar de los hechos. Aquí están algunas de las etapas clave en el proceso de reconstrucción:

  1. Conocimiento del hecho: Cuando se recibe una noticia criminal, los servidores de Policía Judicial toman conocimiento formal o informal del incidente. Esto se registra en el Sistema de Información Policial (SPOA).
  2. Alistamiento de equipos: Se preparan los equipos, instrumentos, elementos de protección personal y documentos necesarios para llevar a cabo la diligencia.
  3. Generación de registros: Antes de desplazarse al lugar de los hechos, se generan registros como central de radio y libros de desplazamiento para establecer líneas de tiempo.
  4. Verificación del lugar: Al llegar al lugar de los hechos, se observa si está acordonado o custodiado. Si existe un primer responsable, se solicita su informe y se indaga si el lugar fue alterado. En caso afirmativo, se deja constancia mediante una entrevista2.
  5. Reunión previa: Se realiza una reunión para socializar lo manifestado por el primer responsable y establecer una hipótesis preliminar del caso. Los investigadores pueden ingresar al lugar después del análisis técnico y la documentación del sitio.
  6. Comunicación con el Fiscal: Se informa al Fiscal de turno sobre los detalles y las hipótesis planteadas.
  7. Identificación de la víctima: Si se conoce la identidad de la víctima, se verifican sus antecedentes y registros en el SPOA.
  8. Contacto con familiares o conocidos: Si se encuentra a familiares o conocidos de la víctima, se notifican sus derechos y se recopilan datos laborales y familiares.
  9. Entrevistas a testigos: Se entrevistan a los testigos presentes en el lugar. Si es necesario, se coordinan retratos hablados o álbumes para reconocimiento fotográfico.
  10. Labores de vecindario: Se investigan posibles rutas de acceso y escape de los victimarios para ampliar el perímetro de búsqueda.
  11. La reconstrucción de los hechos es fundamental para esclarecer crímenes y garantizar el debido proceso. A través de esta diligencia, se busca acercarse a la verdad y establecer la participación de las partes involucradas.




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